
CAFÉ DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales las normativas que criminalizaban las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
La decisión, contenida en la sentencia TC/01225/25, deja sin efecto el artículo 210 de la Ley 285 y el artículo 260 de la Ley 3483, que establecían penas de prisión para oficiales y alistados que mantuvieran relaciones homosexuales, aun en el ámbito privado.
El TC concluyó que estas disposiciones violaban derechos fundamentales consagrados en la Constitución, al constituir una forma de discriminación por orientación sexual, interferir en la intimidad, restringir el libre desarrollo de la personalidad y afectar el derecho al trabajo de los miembros de ambas instituciones.
El alto tribunal también determinó que dichas normas resultaban incompatibles con tratados internacionales de derechos humanos suscritos por la República Dominicana, y que no existía justificación constitucional ni legal para mantener este tipo de penalización.

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