La alternancia es la figura mediante la cual un funcionario de carrera permanece un tiempo en el servicio exterior (embajadas, consulados y misiones multilaterales). Y otro en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Y la rotación es la acción mediante la cual el funcionario de la carrera diplomática designado en una misión en el exterior o en la cancillería pasa a prestar servicios en otra misión diplomática o consular o en otras de las áreas del servicio interno del ministerio.
Estas normas mencionadas, establecen de manera rigurosa la forma en que los funcionarios pertenecientes a la carrera diplomática acceden a los cargos en sus diferentes categorías atendiendo criterios de tiempo de servicio.
Requieren necesariamente, dentro de un sistema de carrera diplomática, cumplir con la exigencia de la alternación, figura por medio de la cual se pretende que quienes prestan sus servicios en el extranjero no lo hagan en forma indefinida sino que retornen, así sea por un tiempo, al país para que se mantengan en permanente contacto con la realidad de su lugar de origen y puedan representar mejor los intereses del Estado.
Las reseñadas disposiciones enseñan que los funcionarios con categoría diplomática deben cumplir los lapsos de alternación tanto en el servicio exterior como en el ministerio, en aplicación de los principios rectores de eficiencia y especialidad.
Y también se establece a la vez la frecuencia de los períodos de alternación en cada uno de los eventos, esto es, cuando el tiempo de servicio se presta en el exterior o cuando la actividad se cumple en el ministerio.
La Ley 630-16 y el reglamento 46-19 es donde se incorpora la carrera diplomática. Y cuando se menciona la palabra “carrera” se refiere al recorrido profesional, que implica poner el acento sobre la configuración institucional de las diferentes fases de su trayectoria y donde los funcionarios van recorriendo etapas.
Por lo complejo que es la carrera diplomática, donde hay varios grados en el escalafón se ingresa por el más bajo de los niveles, como tercer secretario, y solo en la medida que asciende se llega a ser embajador de carrera.
Todos los funcionarios de carrera diplomática, mientras se encuentren activos, están sujetos a la alternancia. Pues conformar una carrera diplomática útil para un país toma más de 35 años.
Es una norma que se sigue al pie de la letra con una evaluación de desempeño cada cierto tiempo, para lograr el ascenso a otro peldaño, mientras que los de libre nombramientos se logra ese escalafón mediante un decreto.
En conclusión la alternancia y rotación de los funcionarios diplomáticos se mueven cada cierto tiempo como establece la ley, es una asignatura pendiente en la diplomacia dominicana no se debe dejar en un mismo lugar por un periodo largo. Hay países que tienen que decirles que tienen que moverse, y eso es una mala señal.
El autor es periodista y diplomático.
Por: Jeovanny Terrero