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Justicia

Hombre es condenado a un año de prisión por retirarse preservativo en Barcelona

CAFÉ DIARIO, BARCELONA.- La Audiencia de Barcelona condenó a un hombre a un año de prisión por haberse quitado el preservativo sin el consentimiento de su pareja durante una relación sexual , en una sentencia considerada pionera en el ámbito del derecho sexual y del consentimiento, la resolución judicial reconoce esta conducta —conocida internacionalmente como stealthing— como una vulneración grave de la libertad sexual de la víctima.

Los hechos se produjeron durante un encuentro íntimo ocurrido en el 2022, en el que ambos habían acordado mantener relaciones con protección. Sin embargo, en el transcurso del acto, el acusado se retiró el preservativo sin informar ni pedir autorización a la mujer, quien descubrió la situación después y presentó la denuncia ante las autoridades.

El tribunal consideró que la acción constituye un atentado contra el derecho al consentimiento libre e informado, al alterar de forma unilateral las condiciones bajo las cuales la víctima había aceptado la relación sexual. Según la sentencia, el acusado “modificó sin consentimiento un elemento esencial del acuerdo sexual, comprometiendo la integridad física y moral de la denunciante”.

La Fiscalía sostuvo durante el proceso que el acto no solo implicó un riesgo sanitario, sino también una vulneración directa de la autonomía sexual de la mujer, argumento que fue acogido por los magistrados. El fallo impone al condenado una pena de prisión y el pago de una indemnización por los daños psicológicos ocasionados.

Expertos en derecho penal y colectivos feministas han destacado la relevancia del caso, al consolidar una interpretación más amplia del consentimiento sexual dentro del marco legal español. “Esta sentencia refuerza la idea de que el consentimiento no se presume, se mantiene; y que cualquier modificación en las condiciones pactadas requiere una aprobación expresa”, señaló una jurista especializada en violencia de género.

La resolución llega en un contexto en el que España avanza hacia una justicia más sensible frente a los matices del consentimiento y la integridad sexual. La llamada Ley del “solo sí es sí” ya había introducido criterios más claros para valorar el consentimiento en los delitos sexuales, y este fallo parece extender esa visión hacia prácticas que antes carecían de tipificación específica.

Para la víctima, el dictamen representa un acto de reconocimiento y reparación. En sus declaraciones, expresó que “no se trata de venganza, sino de dignidad y de límites. Nadie tiene derecho a decidir sobre el cuerpo de otra persona sin su consentimiento”.

La sentencia de Barcelona no solo sanciona un hecho concreto, sino que envía un mensaje inequívoco: en las relaciones sexuales, el respeto no se detiene en el inicio del consentimiento, sino que debe acompañar cada decisión, cada gesto, cada acto. El deseo no exime de responsabilidad; el placer no justifica la violación de los acuerdos que lo hacen posible.

 

 

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