Por: Víctor Eddy Mateo Vásquez
Es difícil que una norma que fue aprobada en 1992 no necesite ser revisada 32 años después. La reforma al Código de Trabajo es una deuda pendiente desde hace años, pero como todo en la vida, grandes intereses han evitado su modificación. Al parecer, está próximo a aprobarse, por lo que, puede ser que antes de finalizar este 2024, sea un hecho.
Sin embargo, en los últimos días se han levantado voces de la sociedad advirtiendo que detrás de dicha reforma hay cuestiones ocultas que solo laceran a los trabajadores. Lo extraño es que dichas voces no son alzadas por los sindicatos de trabajo, sino, por uno que otro comunicador, quienes con conocimiento o no del tema laboral, expresan lo que entienden al respecto.
Ahora bien, la realidad es que estos cambios tienen que ver más con asuntos cuyo impacto no pone en riesgo ni a los empleadores, ni a los trabajadores, en general. Cabe resaltar, que, desde la revisión constitucional del 26 de enero de 2010, el Estado dominicano pasó a ser un Estado Social y Democrático de Derecho, lo que conlleva grandes compromisos en torno a la protección de la dignidad humana.
También, es importante recordar que el espíritu de protección social a favor del trabajador y, en especial, de la mujer trabajadora, aún se mantiene, aunque, ya es sabido que las razones que procuraron dicha protección se debieron a rechazar la norma laboral trujillista de 1951, cuya protección era a favor del empresario de la época, por intereses del dictador y su entorno. Actualmente, se utilizan términos inclusivos con lo que se busca no discriminar.
Asimismo, hay que reconocer que, pese a las críticas recibida por solo aumentarse 1 día, se incrementa las vacaciones a favor del trabajador, aunque no se pretende con ello sacrificar económicamente más al empleador. Se extiende la licencia de paternidad a 4 días por alumbramiento de la esposa, en vez de los dos días que actualmente se contempla.
Además, incorpora el teletrabajo. No se concibe que una ley laboral no contemple esta modalidad de prestación de servicios, ya que otras naciones, sobre todo, después del COVID-19, la asumieron, aprovechando así los avances tecnológicos que permiten laborar por resultados, en vez de llevar un régimen de asistencia presencial.
Respecto al trabajo doméstico, el Proyecto de Ley de reforma laboral inserta mejoría a favor de los empleados domésticos, atando la relación laboral a un acuerdo escrito, que de seguro habrá que registrar ante el Ministerio de Trabajo, tal cual se ordenó hace unos años mediante resolución, aunque fue expulsada por el Tribunal Constitucional.
En fin, otros aspectos también buscan mejorías, como la reducción de la judicialización de las relaciones laborales. La idea es que el espíritu conciliador que, desde el Código de Trabajo de 1992 aún vigente, se materialice para evitar tanta carga judicial. La reforma laboral cae bien y es necesaria, pese a no abordar el tema neurálgico: la cesantía laboral. Al parecer, no hubo consenso o su discusión será postergada para otra ocasión.
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